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Fotomontaje compuesto por un molino eólico, paneles solares y ceros y unos a modo de código binario




TRAS UNA APUESTA QUE AHORA CUMPLE TRES DÉCADAS, ESPAÑA ES LÍDER MUNDIAL EN ENERGÍAS RENOVABLES. Y YA ESTÁN PUESTAS LAS BASES PARA LOGRAR QUE LA ENERGÍA LIMPIA APORTE, POR LO MENOS, UN 20% DEL CONSUMO FINAL BRUTO EN 2020.

Poco después de producirse la segunda crisis internacional del petróleo, la promulgación de la Ley 82/1980, sobre conservación de energía, representó el punto de partida para el desarrollo de las energías renovables en nuestro país. Desde entonces, un abundante desarrollo normativo, ha ido configurando un marco de apoyo sostenido a la implantación de estas fuentes de energía, que ha dado confianza a los inversores y ha permitido a las empresas promotoras y a los fabricantes de equipos disponer de la financiación necesaria para realizar fuertes inversiones y colocar a las “Renovables made in Spain” en puestos de cabeza en el concierto mundial. La Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, estableció la liberalización del sector de la electricidad en España y fijó como objetivo para 2010 alcanzar un 12% del consumo de energía primaria a partir de fuentes renovables. La ley preveía, a tal fin, la elaboración de un Plan de Fomento de las Energías Renovables, que fue aprobado en diciembre de 1999. El Plan analizaba la situación y el potencial de estas energías y fijaba objetivos concretos para las diferentes tecnologías. Marco estable En 2005, cuando se estaba alejando la posibilidad de cumplir ese objetivo, el Gobierno aprobó un nuevo Plan de Energías Renovables (PER) 2005–2010 y un Plan de Acción para la mejora de la eficiencia energética, con la intención de aumentar la velocidad de crucero de implantación de estas fuentes y moderar el aumento de la demanda de energía. El PER 2005- 2010 mantuvo el objetivo del 12% de energías renovables en el consumo de energía primaria para 2010 e incorporó dos nuevos objetivos para ese año: un 5,83% de biocarburantes en el consumo de gasolina y gasóleo del transporte, y una contribución mínima de las fuentes renovables al consumo bruto de electricidad del 29,4% . Durante la última década, pero especialmente desde 2005, la aportación de las energías renovables no ha dejado de crecer en España, arropadas por un marco regulatorio que ha aportado estabilidad a su desarrollo. Una de las claves para entender el éxito español en renovables radica en el sistema de apoyo elegido. Todos los países entienden que las renovables son energías limpias, principalmente autóctonas y prácticamente inagotables, lo que las libra en gran medida de los vaivenes de precios que caracterizan a los combustibles fósiles, y que pueden suponer auténticos quebraderos de cabeza para países tan dependientes de recursos externos como España, donde esa dependencia ronda el 80%. Feed-in tariff A juzgar por los resultados obtenidos, puede decirse que la elección del modelo adecuado de retribución económica a la energía producida es, probablemente, la clave del éxito de las renovables para generación eléctrica. España ha elegido el apoyo al precio de venta de la electricidad renovable, bien mediante el cobro de una tarifa fija (diferente para cada tecnología), bien mediante la percepción de una prima que se añade al precio de mercado, para las instalaciones que opten por esta forma de venta.

El esquema se enmarca dentro de los comúnmente denominados “feed-in tariff” y es básicamente el mismo sistema de países como Alemania o Dinamarca que, junto con España, dibujan los escenarios de éxito de las energías renovables. Las primas están justificadas por las ventajas estratégicas y ambientales de las renovables y pretenden garantizar una rentabilidad razonable de las inversiones mientras las curvas de aprendizaje y las economías de escala van colocando a las diferentes tecnologías en condiciones óptimas para pelear codo con codo con las fuentes convencionales.

Otra medida que ha tomado el Gobierno de España para la introducción de las energías renovables que puede resultar trascendente es la obligación del uso de los biocarburantes en el transporte. Esta medida, recogida en la modificación de la Ley de Hidrocarburos del año 2007 y desarrollada posteriormente en el año 2008, establece la obligación para todos los operadores y distribuidores de productos petrolíferos de acreditar en cómputo anual la incorporación de biocarburantes en un porcentaje mínimo de sus ventas.

Esta medida es muy reciente y, a pesar de que su aplicación no está exenta de dificultades, va a asegurar el cumplimiento de los objetivos del Plan de Energías Renovables para 2010, de llegar a una participación del 5,83% en términos energéticos de los biocarburantes en el consumo de gasolina y gasóleo en el transporte. Además, el sistema de certificación desarrollado para verificar el cumplimiento de esta obligación, puede ser la base para la certificación de sostenibilidad de los biocarburantes establecido en la Directiva de Energías Renovables Superar un 20% de renovables En junio de 2009 entró en vigor la Directiva 2009/28/CE relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Esta Directiva establece objetivos nacionales vinculantes, que para España coinciden con los del conjunto de la Unión Europea –un 20% de consumo final bruto de energías renovables para 2020 y un 10% en el transport– e insiste en la integración de las renovables en otros sectores como la edificación y el urbanismo. Además, se hace un reconocimiento expreso de las externalidades positivas de estas fuentes (energías limpias y autóctonas) y se garantiza la utilización —y el control— de los sistemas de apoyo por parte de los Estados miembros, a fin de alcanzar los objetivos establecidos.

La Directiva forma parte del paquete de medidas propuestas por la Comisión Europea en enero de 2008 –ratificadas luego por el Consejo y el Parlamento europeos– y que incluía como objetivos para el año 2020 el aumento de la contribución de las energías renovables hasta alcanzar un 20% sobre el consumo final bruto de energía, y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20% con respecto a los niveles de 1990. Y estos objetivos existen en el contexto de una mejora del 20% de la eficiencia energética hasta el año 2020. Es el llamado paquete 20–20–20, que integra diferentes medidas para reducir la dependencia energética exterior de la Unión Europea y luchar contra el cambio climático. Por todo ello, los expertos consideran la Directiva de extraordinario valor para que las renovables sigan creciendo y ganando cuota de mercado.

Este nuevo escenario europeo alienta una política energética que en España se plasma en el año 2010 en el Plan de Energías Renovables 2011–2020 y en la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables, que junto con la Ley de Economía Sostenible, configuran los tres pilares básicos en los que se asienta el futuro del sector. Impulsar el uso térmico La Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables, deberá mejorar el marco en el que se desarrollan las renovables en España desde una perspectiva de transversalidad, dotándolo de mayor visibilidad y asegurando su eficiencia técnica y económica. El nuevo Plan será el instrumento del Gobierno para asegurar el cumplimiento de los objetivos fijados en la Directiva de Energías Renovables para España. Además de reducir las barreras que todavía puedan existir para las tecnologías más desarrolladas, como la eólica o las solares eléctricas, e impulsar su eficiencia, el nuevo Plan deberá hacer hincapié en el impulso a las tecnologías emergentes y, especialmente, en diseñar un mecanismo adecuado para impulsar el uso térmico de las energías renovables en España.

A día de hoy España es el primer país de Europa y el segundo en el mundo en potencia solar termoeléctrica instalada, el segundo de Europa y el cuarto en el mundo en eólica, el segundo en fotovoltaica, tanto en Europa como en el mundo, y el tercer país de Europa en energía minihidráulica.

A finales de 2009, la potencia eléctrica total de origen renovable instalada en España alcanzó los 40.000 MW, de los cuales alrededor de 19.000 MW correspondían a energía eólica, unos 16.000 MW a hidráulica (sin incluir las centrales de bombeo puro), unos 3.000 MW a solar fotovoltaica y 232 MW a solar termoeléctrica, área esta última que se encuentra en plena expansión. En las áreas térmicas, el consumo total a lo largo de 2009 fue del orden de 3.700 ktep, y el de biocarburantes superó los 1.000 ktep. Así mismo, en 2009, un año que siguió siendo seco, las energías renovables aportaron el 25% de la generación bruta de electricidad, cifra que se acerca al 28% normalizando la producción hidráulica, de acuerdo con valores medios históricos. Actualmente, la producción eléctrica con renovables supera en España a la nuclear.

Para llegar a los puestos de cabeza el sector de las renovables en España ha realizado fuertes inversiones en I+D+i, del orden de seis veces más que la media de las empresas españolas, y que destacan especialmente en tecnologías como la eólica, la fotovoltaica y la solar termoeléctrica. Lo que le convierte en uno de los sectores más competitivos, internacionalizados y reconocidos de nuestra economía. Más de 1.000 empresas mantienen 89.000 empleos directos y 99.000 indirectos, según datos del Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS). Y podrían crearse medio millón de empleos más si España alcanza el 20% de consumo de renovables en 2020, como plantea la Directiva de renovables. Lo que a su vez permitiría reducir la dependencia energética y reducir las emisiones de CO2 para cumplir con el Protocolo de Kioto. Argumentos suficientes para entender que las renovables deben jugar un papel clave en la configuración del nuevo modelo económico que pretende España.

GESTIONAR EL SISTEMA ELÉCTRICO CON MUCHAS RENOVABLES
Uno de los hechos más destacables desde un punto de vista técnico es la evolución que ha experimentado la gestión del sistema eléctrico con tanta potencia renovable instalada, singularmente de energía eólica, con unos 19.000 MW a principios de 2010. En 2004 se consideraba muy arriesgado integrar más de un 14% de eólica y se advertía de que superarlo incrementaba enormemente las posibilidades de un gran apagón. Pues bien, el pasado mes de noviembre la eólica llegó a generar más del 50% de la electricidad durante cinco horas seguidas, con picos del 53% y media mensual del 22,7%.

Este es un dato muy relevante, pues no hay otros países del tamaño de España con un consumo parecido de electricidad y con unas interconexiones eléctricas tan débiles que haya tenido y superado con éxito una aportación renovable superior al 50% durante tanto tiempo. Para hacerlo posible, REE, que ha trabajado codo con codo durante años con expertos del sector, puso en marcha en 2007 el Centro de Control de Energías Renovables (CECRE), que permite integrar el máximo de energías renovables sin poner en riesgo el sistema eléctrico. HITOS NORMATIVOS
  • LEY 82/1980, SOBRE CONSERVACIÓN DE LA ENERGÍA. Es el germen de la actual regulación de las energías renovables. Establece las normas y principios básicos, así como los incentivos, para la mejora de la eficiencia energética, el desarrollo de las renovables y la reducción de la dependencia energética.
  • REAL DECRETO 2366/1994 DE 9 DE DICIEMBRE. Refunde la normativa desarrollada tras la Ley 82/1980 y regula a través del régimen especial las relaciones entre productores con cogeneración y renovables y empresas distribuidoras.
  • LEY 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Introduce la liberalización en las actividades de generación y comercialización de energía eléctrica y fija el objetivo de alcanzar un 12% de la energía primaria con fuentes renovables en 2010.
  • REAL DECRETO 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración. Adapta el régimen especial de generación eléctrica a la liberalización del sector.
  • DIRECTIVA 2001/77/CE, de 27 de septiembre, relativa a la promoción de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el mercado interior de la electricidad.
  • DIRECTIVA 2003/30/CE, de 8 de mayo, sobre el fomento del uso de los biocarburantes y otros combustibles renovables en el transporte.
  • DIRECTIVA 2003/96/CE, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad.
  • REAL DECRETO 436/2004, sobre el régimen jurídico y económico de la producción de electricidad en régimen especial.
  • REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Establece la obligación de instalar energía solar en edificios nuevos y rehabilitados.
  • LEY 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
  • REAL DECRETO 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
  • LEY 12/2007, de 2 de julio, que modifica la ley Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos, que recoge la definición de biocarburantes y obligación de su uso en el sector del transporte.
  • REAL DECRETO 1028/2007, de 20 de julio, por el que se establece el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial.
  • LEY 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
  • REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.
  • ORDEN ITC/2877/2008, de 9 de octubre, que establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte. Su puesta en marcha y gestión se regula a través de la Circular 2/2009 26 de febrero.
  • DIRECTIVA 2009/28/CE de 23 de abril de 2009 relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Entra en vigor el 25 de junio de 2009.
  • DIRECTIVA 2009/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE en relación con las especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo, se introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, se modifica la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior y se deroga la Directiva 93/12/CE.
  • REAL DECRETO-LEY 6/2009, de 30 de abril, que crea el Registro de pre-asignación de retribución para las instalaciones del régimen especial.